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Guía · Última revisión 2026-08-17

La plusvalía municipal en una herencia

Es el impuesto olvidado. Se liquida ante el ayuntamiento, es independiente del impuesto de sucesiones, y desde la reforma del tributo se puede elegir el método de cálculo más favorable.

¿Qué grava exactamente?

Grava el incremento de valor experimentado por el suelo de los inmuebles urbanos con ocasión de su transmisión. No grava la construcción, ni el valor total del inmueble.

En una herencia se devenga en el momento del fallecimiento, y lo pagan los herederos ante cada ayuntamiento donde radique un inmueble urbano.

Los dos métodos de cálculo

Tras la reforma del tributo existen dos formas de determinar la base, y el contribuyente puede optar por la que le resulte más favorable.

El método objetivo aplica unos coeficientes al valor catastral del suelo según los años transcurridos. El método real toma la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición, aplicando la proporción que representa el suelo.

Comparar ambos en cada caso es obligado: la diferencia entre uno y otro puede ser considerable.

¿Cuándo no se paga?

Si no ha existido incremento real de valor entre la adquisición por el causante y la transmisión por herencia, no procede tributar. Es un supuesto de no sujeción, y hay que acreditarlo aportando los valores de ambas transmisiones.

Muchos ayuntamientos no lo aplican de oficio. Hay que invocarlo y probarlo.

Existen además bonificaciones municipales, frecuentes para la vivienda habitual del causante cuando la heredan descendientes o cónyuge. Varían de un municipio a otro y suelen requerir solicitud expresa.

Plazo

Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables a un año a solicitud del interesado. Coincide en la práctica con el calendario del impuesto de sucesiones, de modo que ambas gestiones se planifican juntas.

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Preguntas

Sobre esta guía.

¿Quién paga la plusvalía en una herencia?+

Los herederos, en proporción a lo que adquieran. Se liquida ante el ayuntamiento donde esté cada inmueble, de modo que una herencia con pisos en municipios distintos genera varias liquidaciones.

¿La plusvalía es lo mismo que el impuesto de sucesiones?+

No. Son tributos distintos, con administraciones distintas: el impuesto de sucesiones es autonómico y la plusvalía es municipal. Se pagan ambos, y ambos tienen su propio plazo.